
La Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (Etesa) emitió un comunicado para aclarar que las indemnizaciones aprobadas para su gerente general, subgerente y varios de sus directores están amparadas por la ley, argumentando que dichas compensaciones fueron autorizadas por la Junta Directiva. Etesa defendió los millonarios acuerdos, afirmando que los trabajadores de la empresa “tienen el derecho” de suscribirlos, tal como se ha hecho en administraciones anteriores.
En el comunicado, la empresa explica que desde 2004 la Junta Directiva aprobó la Política General de Beneficios para Trabajadores de Etesa, “siendo su última actualización en junio de 2019, la cual establece en el punto 3.8 una indemnización cuando la terminación de la relación de trabajo fuese por mutuo acuerdo o por decisión unilateral de la empresa, fijándose una tabla de compensación de conformidad a los años de servicios”.
De acuerdo al artículo 26 de la Ley 194 de 2020, numeral 4, la Junta Directiva de Etesa está facultada para establecer las políticas financieras, de inversiones y de personal de la empresa.
Etesa detalló que “en razón de que algunos directores mantienen contratos de trabajo vigentes con carácter indefinido, y entendiéndose que en la empresa Etesa las relaciones de trabajo rigen por las normas del Código de Trabajo, dichos directores han suscrito con la empresa mutuos acuerdos para la terminación de la relación de trabajo conforme a lo establecido en el numeral 1 del artículo 210 del referido Código de Trabajo”.
Con fundamento en todas las disposiciones legales citadas y siendo estos directivos trabajadores de la empresa Etesa, tienen el derecho de suscribir mutuos acuerdos como se ha hecho en administraciones anteriores y, de igual forma, recibir las prestaciones laborales que por ley les corresponden, como son vacaciones, décimo tercer mes, prima de antigüedad y la respectiva indemnización, previo refrendo de la Contraloría General de la República, indicó la empresa.
Con relación al caso específico del gerente general Carlos Mosquera Castillo, quien firmó un “mutuo acuerdo” por B/. 249,196.56 dólares, la empresa aseguró que el mismo fue aprobado por la Junta Directiva, quien autorizó al Presidente a suscribir el documento, debido a la necesidad urgente de Mosquera Castillo de someterse a una intervención quirúrgica. «Es decir, que la terminación de relación de trabajo fue de común acuerdo y no fue una decisión unilateral por parte del Gerente General».
Por último, Etesa aclaró que en ningún momento ha sido su interés adelantar los tiempos de los Procesos de Liquidación y Mutuo Acuerdo. “Prueba de ello es que, siguiendo la transición ordenada que lleva el Órgano Ejecutivo, Etesa inició la misma a partir del jueves 20 de junio de 2024 con el Gerente General designado. La salida ordenada de los Ejecutivos Directores a partir del 30 de junio de 2024 tiene la finalidad de propiciar el espacio necesario para que el nuevo Gerente General ingrese con su equipo de trabajo”.
Los altos funcionarios que, al igual que el gerente general Carlos Mosquera, firmaron «mutuo acuerdo» son:
- Óscar Rendoll, subgerente general: B/. 306,615.58 dólares
- Daniel Castilla, gerente de Compras: B/. 77,095.37 dólares
- Pablo Castrejón, director de Finanzas: B/. 116,577.53 dólares
- Ramón Palacios, director de Asesoría Legal: B/. 119,366.94 dólares
- Zorina Carles, directora de Servicios Corporativos: B/. 91,068.11 dólares