POLÍTICA

La magistrada presidenta de la Corte puede convocar un pleno extraordinario

Asegura el magistrado Olmedo Arrocha en relación al caso Mulino

El magistrado Olmedo Arrocha, quien lidera la demanda de inconstitucionalidad contra el acuerdo del Tribunal Electoral (TE) que nombró a José Raúl Mulino como candidato presidencial de los partidos Realizando Metas y Alianza, ha subrayado que la presidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), María Eugenia López Arias, posee la facultad de convocar a un pleno extraordinario para abordar este asunto. Además, Arrocha menciona que cinco magistrados también tienen la capacidad de convocar a dicho pleno, si así lo consideran necesario.

Estas afirmaciones fueron parte de las declaraciones ofrecidas por Arrocha durante una conferencia de prensa realizada el jueves 25 de abril, cuando faltaban apenas 10 días para las elecciones generales.

Arrocha, quien enfatizó que sus comentarios se realizaban en calidad de sustanciador y no como portavoz oficial de la Corte, reveló que se han recibido un total de 88 argumentos relacionados con esta demanda: 71 a favor de la constitucionalidad del acto del TE y 17 en contra. «Ahora me corresponde a mí, dentro de los 10 días que iniciaron el 22 de abril, el pasado lunes, hasta el 6 de mayo de 2024, elaborar un proyecto de fallo que deberé circular entre el resto de los magistrados», explicó.

Arrocha señaló que este proyecto de fallo será distribuido simultáneamente entre los otros ocho magistrados. Además, mencionó que el 23 de abril solicitó información al TE, la cual considera «necesaria para poder finalizar la toma de una decisión luego de haber establecido un criterio formado sobre lo que propondré al resto de los magistrados del pleno de la Corte Suprema de Justicia».

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«Tan pronto como recibamos respuesta a dicha comunicación, estaremos en capacidad de finalizar la redacción completa del proyecto de decisión que circularemos simultáneamente entre el resto de los magistrados», destacó.

Una vez que se distribuya el proyecto de fallo, el proceso entrará en una nueva fase.

«¿Qué sucede después de los 10 días, que vencen el 6 de mayo de 2024, para la elaboración del proyecto? Muy bien, en este punto se debe realizar una lectura simultánea del proyecto durante 20 días. Esto está regulado en un acuerdo del Pleno del 9 de febrero de 2012», explicó.

En caso de que existan al menos dos observaciones, Arrocha, como ponente, deberá llevar este asunto a discusión del Pleno para que sea debatido, deliberado y votado. Incluso, podría perder la ponencia si la mayoría considera que la parte resolutiva «no le es empática o no está de acuerdo con ella».

Arrocha señaló que el propio Pleno de la CSJ podría «soberanamente» modificar algunos plazos del proceso, como es el caso de las dos observaciones.

«El tema es en qué contexto, en qué oportunidad, bajo qué forma se puede hacer esto, ya que también tenemos un acuerdo previamente establecido, que es el acuerdo 1375 del 25 de diciembre de 2009, que establece que esto debe llevarse a cabo en una reunión plenaria», subrayó.

Arrocha destaca que el proceso continúa su curso y que tanto la presidenta de la Corte como los magistrados tienen la capacidad de convocar un pleno extraordinario si así lo consideran necesario para abordar el caso Mulino y tomar una decisión sobre el mismo.

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